martes, 31 de mayo de 2011

¿Qué debo hacer si la empresa no está cumpliendo con las obligaciones como patrocinadora?

  • Si la empresa está incumpliendo con el apoyo económico mensual, con las afiliaciones a salud o con la designación de un campo de práctica adecuado; en primer lugar deben comunicar su inquietud al área de recursos humanos de la empresa, en segundo lugar, notificar al Sena esta situación para tomar las medidas correspondientes. Siempre haciendo las reclamaciones mediadas por el respeto y la cordialidad.


Si firme un contrato de aprendizaje con otra empresa y luego me quiero pasar para otra...¿puedo renunciar?

  • NO. Cuando firmas un contrato de aprendizaje con una empresa, debes respetar este acuerdo y permanecer allí. Si renuncias sin justa causa a un contrato de aprendizaje, se considera falta grave al reglamento y se te cancela la matricula en el Sena. (artículo 30 reglamento de alumnos)

Si ya tuve un contrato de aprendizaje en otra carrera que hice... ¿puedo volver a tener?

  • El contrato de aprendizaje se puede tener una sola vez en la vida. Solo se admite un segundo contrato cuando se adelante una formación de la misma área de la anterior y de un nivel académico superior. Por ejemplo: hiciste una técnica en mecánica automotriz y ahora estás haciendo una tecnología en meca trónica automotriz.
Si fuiste patrocinado en un programa totalmente diferente al actual, no puedes firmar un segundo contrato y debes realizar tus prácticas por tu propia cuenta.

domingo, 29 de mayo de 2011

¿Qué deberes tengo cuando firmo un patrocinio?

}  Asistir puntualmente a las clases durante las etapas de enseñanza.
}  Cumplir los reglamentos y normas establecidas por el respectivo centro de aprendizaje del SENA.
}  Presentar un excelente rendimiento académico y disciplinario
}  Asistir puntualmente al lugar asignado por la empresa para desarrollar la formación y las prácticas. Cualquier falta grave al reglamento interno de la empresa puede ser causal de la terminación del contrato de aprendizaje (inasistencia injustificada al puesto de trabajo, falta disciplinaria o de comportamiento, bajo rendimiento)

¿A qué tengo derecho cuando me patrocinan?

         A recibir como apoyo económico mensual el 50% del salario mínimo ($267.800) mientras esté estudiando (lectiva).
          A recibir el 75% del salario mínimo ($401.700) mientras esté en la empresa (práctica).
          A ser afiliado a una EPS y a una ARP.
         A tener un campo de práctica acorde al programa en el cual me formé.

¿Qué empresas me pueden patrocinar?

Las empresas privadas, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, que realicen cualquier actividad económica diferente de la construcción, que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15). Tenga relación con su área de formación.
Las empresas industriales y comerciales del estado y las de economía mixta del orden nacional, departamental, distrital y municipal.

¿Cómo hago para buscar un patrocinio?

  • La responsabilidad de la búsqueda de patrocinio es directamente del aprendiz.
  • El Sena acompaña este proceso con asesoría, mercadeo y control
  • Contactar telefónicamente empresas relacionadas con el área de formación y ofrecer su hoja de vida
  • El Sena tiene dispuesta una página para la búsqueda de patrocinios. Debes inscribirte estar consultando constantemente las empresas que requieran aprendices de tu área de formación:
  • http://caprendizaje.sena.edu.co